Los autónomos que pudieron acogerse a diferentes ayudas del Gobierno a raíz de la pandemia, Covid-19, deberán tributar por muchas de ellas.
Muchos autónomos tendrán que pagar a Hacienda por lo que cobraron.
¿Cómo tributan las ayudas por cese de actividad?
Independientemente de la modalidad de cobro por prestación por cese de actividad, ya sea la extraordinaria, o la actual prestación ordinaria extraordinaria (POECATA). Todavía no están claras las implicaciones fiscales, ya que en la norma que las regula no se especifica si están o no sujetas a tributación.
Lo que si queda claro es que tributarán, y que con total seguridad lo harán como rendimiento del trabajo.
Lo que si queda claro, y mientras no hay un posicionamiento firme por parte de la Administración, el cese de actividad tributará por rendimiento del trabajo, lo que supone que por los 2.000 primeros euros no estarán sujetos a tributación, por que tienen una exención por rendimientos del trabajo.
¿Cómo será la tributación de las subvenciones de las CCAA?
Las Comunidades Autónomas ofrecieron de forma alternativa, diferentes subvenciones a los autónomos para paliar sus caídas de ingresos durante la Covid-19.
Estas ayudas directas, tendrán un tratamiento fiscal diferente. Aunque se debe tributar por ellas, no irán como rendimientos del trabajo, sino como rendimientos de actividades económicas.
SAEMCO, S.L.
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